Obra Social – Ley Nº 19.518 – Normalizada por Decisión del Gobierno Nacional. 05 de Agosto de 1991. Instituto de Servicios Sociales para el Personal de Seguros, Reaseguros, Capitalización y Ahorro y Préstamo para la Vivienda. Sindicato del Seguro de la República Argentina.

Obra Social – Ley Nº 19.518 – Normalizada por Decisión del Gobierno Nacional. 05 de Agosto de 1991. Instituto de Servicios Sociales para el Personal de Seguros, Reaseguros, Capitalización y Ahorro y Préstamo para la Vivienda. Sindicato del Seguro de la República Argentina.

Ley 19.518.

ARTICULO 1.- EL INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES PARA EL PERSONAL DE SEGUROS, REASEGUROS, CAPITALIZACION Y AHORRO Y PRESTAMO PARA LA VIVIENDA, actuará como entidad de derecho público no estatal y funcionará en jurisdicción del MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL, de acuerdo con las disposiciones de la presente, del régimen de la Ley 18.610 (t.o. 1971) y de las normas reglamentarias que se establezcan.

ARTICULO 2.- El Instituto tiene por objeto acordar a sus afiliados y a su grupo familiar primario servicios médico-asistenciales, sin perjuicio de mantener y ampliar las demás prestaciones sociales, las que podrá otorgar por sí o por medio de terceros.

ARTICULO 3.- Se encuentra comprendido en el régimen de la presente Ley el personal dependiente de las entidades de seguros, reaseguros, capitalización y ahorro y préstamos para la vivienda, que actúen en jurisdicción nacional, provincial o municipal, cualesquiera fuera su naturaleza jurídica; de la Superintendencia de Seguros de la Nación; de la asociación profesional de trabajadores con personería gremial representativa de las actividades comprendidas; de las agremiaciones empresarias de las actividades nominadas y del Instituto normado por esta Ley. Están también comprendidos los productores de seguros, capitalización y ahorro y préstamo para la vivienda, que en los artículos sucesivos se denominarán genéricamente «productores».

El 21 de Agosto de 1916 un puñado de trabajadores de la actividad aseguradora, con el firme objetivo de crear una organización que interpretara sus necesidades y anhelos, funda la Asociación de Empleados de Compañías de Seguros, verdadero embrión del Sindicato del Seguro. La correspondiente Personería Jurídica recién le sería otorgada diez años después, el 4 de noviembre de 1927.

En 1940 con una definida identidad, pudo acompañar la irrupción del peronismo en la escena nacional con una participación activa y eficiente creando, a esos efectos, la “AGRUPACIÓN 13 DE JUNIO” con la cual, las banderas de la Revolución Justicialista, flamearon en lo más alto del Sindicato.

Tan importante fue este acontecimiento que, quizás, el destino quiso que la fecha de su creación, el 13 de junio de 1947, se transforme en un hecho histórico ya que, ese mismo día, se sancionó la Ley N° 12.988 cuyo artículo 27 los incluyó en el régimen legal de los empleados bancarios.

Integrando una CGT fuerte y protagonista, se le otorga la Personería Gremial N° 178, inscripta bajo el número 165.

Con el apoyo invalorable de Eva Duarte, se sanciona la Ley 14.057 de creación de la Dirección de Servicios Sociales para el Personal de Seguros, antecedente de nuestra actual OSSEG. Dicha ley establecía para su funcionamiento un directorio mixto conformado por representantes del Estado, de los Empresarios y de los Trabajadores. De esta manera, y a partir de ese momento, los Trabajadores del Seguro comenzaron a decidir por sí mismos los temas atinentes a su salud.

Siguiendo el espíritu del 2° Plan Quinquenal, el 4 de septiembre de 1953, la Asociación de Empleados de Compañías de Seguros, se agrupa con la Asociación de Productores de Seguros, Reaseguros, Capitalización y Ahorro (fundada el 20 de diciembre de 1946) y dan nacimiento al Sindicato del Seguro de la República Argentina (Agremiación Argentina de Trabajadores de Seguros, Reaseguros, Capitalización y Ahorro), constituido por ramas. Realizada la primera elección de autoridades resultó electo el Cro. Santiago Taibo.

 

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